

Los socios a tiempo completo tienen derecho a los beneficios de Petco. Consulte Inscripción de nuevas contrataciones para obtener información sobre cuándo inscribirse.
Con la excepción del Programa de Asistencia al Empleado (EAP), los socios recién contratados a tiempo parcial no son elegibles para los beneficios de Petco. Sin embargo, en virtud de la Ley de Asistencia Asequible (ACA), los empleadores están obligados a ofrecer a los empleados la oportunidad de inscribirse en los beneficios si cumplen con ciertos requisitos.
Periodo de Medición Inicial (PIM) - El PIM comienza el primer día de trabajo de un nuevo empleado y termina en la fecha de su primer aniversario. Si un socio a tiempo parcial ha trabajado una media de al menos 30 horas semanales durante su primer año de empleo, se le ofrecerá la oportunidad de inscribirse en las prestaciones en ese momento. Para mantener el derecho a las prestaciones, los socios a tiempo parcial deben seguir trabajando una media de 30 horas semanales durante cada Periodo de Medición Estándar posterior.
Periodo de Medición Estándar (S MP) - El SMP de Petco comienza el 15 de noviembre de cada año y termina el 14 de noviembre del año siguiente. El SMP se aplica a los socios a tiempo parcial después de su primer año de empleo. Según el SMP, un socio a tiempo parcial debe trabajar una media de 30 horas semanales durante el SMP para que se le ofrezca la oportunidad de inscribirse en los beneficios para el siguiente año del plan (del 1 de febrero al 31 de enero).
- Una vez que se hace acreedor al SMP, conserva su derecho hasta el siguiente año del plan (del 1 de febrero al 31 de enero).
- Cada año debe trabajar una media de 30 horas semanales para que se le ofrezca la posibilidad de inscribirse en las prestaciones para el siguiente año del plan.
Si su situación laboral cambia a tiempo completo, tendrá derecho a las prestaciones el primer día del mes siguiente a los 60 días de la fecha efectiva del cambio.
Sus dependientes elegibles incluyen:
- Cónyuge legal
- Pareja de hecho (del mismo sexo o del sexo opuesto)
- Hijos menores de 26 años o discapacitados
- Hijos a cargo incapaces de mantenerse por sí mismos debido a una discapacidad mental o física, si el hijo queda discapacitado antes de cumplir los 26 años
Sus hijos elegibles incluyen:
- Hijos naturales
- Hijastros, hijos legalmente adoptados o hijos a los que se les ha asignado la tutela legal por un tribunal
- Hijos para los que el Plan ha recibido una orden de manutención doméstica cualificada
En el caso de la cobertura voluntaria de vida infantil y familiar en el marco de la cobertura voluntaria de AD&D, los hijos son elegibles hasta los 19 años, o hasta los 26 años si son estudiantes a tiempo completo.
Consulte la página Inscripción de nuevas contrataciones para obtener información sobre la fecha de inicio de la cobertura.
La cobertura de las prestaciones de Petco finalizará en el último día de trabajo o en la fecha en que deje de ser elegible para una prestación.
Es posible que tenga derecho a continuar la cobertura a través de COBRA para la cobertura médica, dental y de la vista. Si procede, dispone de 60 días a partir de la fecha de su notificación de elección de COBRA o de la fecha de pérdida de la cobertura, lo que sea posterior, para seleccionar la cobertura a través de COBRA.